Carlos Mora Vanegas
Mientras que para la sociedad no existe mayor pecado que la vida contemplativa, los más cultos opinan que la contemplación es la ocupación natural del hombre. Oscar Wilde
Un tema muy impactante en la realidad que vivimos, en donde hay mafias, grupos que han hecho de la trata de personas un gran negocio, aspecto que no puede ser descuidado por ningún país que debe resguardar, garantizar los derechos de ciudadano y castigar a todos aquellos que hacen uso de este comercio, sin importarle el sufrimiento humano, su autoestima, dignidad, derechos.
Al respecto del tema la Enciclopedia Wikipedia hace referencia de una advertencia que consideramos importante de ser citada como es, que la trata de personas es distinta al tráfico ilegal de personas. Una persona encubierta que transporta gente le facilitará la entrada ilegal a un determinado país por un honorario, pero a la llegada al destino, las personas que fueron transportadas comúnmente son libres. La trata de personas involucra fuerza física, fraude o engaño para obtener y transportar gente. Las mujeres, quienes representan la mayoría de las víctimas de trata de personas están particularmente en riesgo de criminales que explotan la falta de oportunidades, y prometen buenos trabajos u oportunidades de estudio, y entonces fuerzan a las víctimas a ser prostitutas. Si bien la posición dominante expresada distingue el tráfico de la trata, según haya mediado, o no, el consentimiento del inmigrante o de acuerdo a si se afectó, o no, su libertad, cierta doctrina considera que tráfico es una denominación genérica que comprende tanto la trata de personas (con fines de explotación), como el contrabando de inmigrantes (traspaso ilegal de fronteras con la anuencia del transportado), maltrato de personas inocentes que no tienen ningún delito de 3er grado
Nos indica caracas.usembassy.gov/?d=6586, que La TVPA define las "formas graves de trata" como: El tráfico sexual en el cual se induce a la persona a realizar un acto sexual con fines comerciales mediante fuerza, fraude o coerción, o en el que la persona forzada a realizar ese acto no ha cumplido los 18 años de edad; o bien
La contratación, ocultamiento, transporte, suministro u obtención de una persona para trabajo o servicios, mediante el uso de fuerza, fraude o coerción con el fin de someterla a servidumbre involuntaria, peonaje, servidumbre por deudas o esclavitud.
Para que el delito esté comprendido en estas definiciones, no es necesario que la víctima sea transportada físicamente de un lugar a otro.
Según la TVPA , una persona puede ser víctima de trata independientemente de que alguna vez haya consentido a ello, participado en un delito como resultado directo de ser víctima de trata, haya sido transportada a una situación de explotación o, sencillamente, haya nacido en una situación de servidumbre. En el centro de este fenómeno, se encuentra la infinidad de formas de esclavitud, no las actividades involucradas en el transporte internacional.
caracas.usembassy.gov/?d=6586 sobre el tema aporta, que de acuerdo al informe anual del Departamento de Estado sobre Trata de Personas (TIP) de 2010.
Se expone que el Informe sobre la Trata de Personas de 2010 es un instrumento de diagnóstico que muestra la labor que se lleva a cabo actualmente. No es una condena ni un indulto. Tampoco garantiza la clasificación del próximo año. En realidad, el informe de este año percibe una clasificación más alta para 22 países en reconocimiento de resultados muy demorados, y más baja para 21 países que demuestran protección escasa de las víctimas, cumplimiento esporádico o estructuras legales insuficientes.
La mayoría de los países que niegan la existencia de víctimas de la esclavitud moderna dentro de sus fronteras no están buscando, intentando ni cumpliendo los mandatos del Protocolo de Palermo ni lo que nuestra humanidad común exige. No es motivo de vergüenza atender un problema de esta magnitud; hacer caso omiso de éste sí es vergonzoso.
Los Estados Unidos asumen la responsabilidad de cumplir las mismas normas con las que juzgamos a otros. Por primera vez, el Informe sobre la Trata de Personas de este año incluye una clasificación de los Estados Unidos y una descripción completa y abierta de su labor para combatir la trata de personas. La clasificación indica las contribuciones de organismos de gobierno, la opinión pública y las investigaciones independientes que realiza el Departamento. Los Estados Unidos admiten que, al igual que otros países, tienen un problema grave de trata de personas para fines de explotación sexual y laboral. El gobierno de los EE. UU. se enorgullece de sus mejores prácticas para combatir el delito de trata, reconoce los obstáculos que existen y procura la innovación y el fortalecimiento continuos de las tentativas que realiza tanto en el país como en asociación con otras naciones
En el año 2000, los Estados Unidos promulgaron la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata de Personas (Trafficking Victims Protection Act, TVPA) y las Naciones Unidas adoptaron el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, en especial, mujeres y niños, conocido también como el Protocolo de Palermo. Desde entonces, el mundo ha dado grandes pasos para combatir la máxima forma de explotación, tanto en lo que se refiere a lo que sabemos de este delito como a la manera en que respondemos al mismo.
El Protocolo de Palermo centró la atención de la comunidad mundial en la lucha contra la trata de personas. Por primera vez, se logró consenso en todo el mundo acerca de que se deben penalizar todas las acciones de trata de personas (incluidas las que tienen como fin el trabajo forzado, la esclavitud y prácticas similares a la esclavitud) y de que la respuesta de los gobiernos debe incluir el paradigma de las 3 P: prevención, procesamiento judicial del delito y protección de las víctimas.
Nos agrega el informe, que por más de 10 años, los gobiernos en todo el mundo han logrado grandes avances en la manera de entender muchas de las realidades sobre la trata de personas: en la mayoría de los países, existe gente que se encuentra en situaciones de esclavitud moderna; la trata es un fenómeno que fluye en respuesta a la demanda del mercado, la vulnerabilidad de las leyes, la debilidad de las sanciones y la inestabilidad económica. Hay más víctimas de trata para fines de trabajo forzado que de sexo comercial. Se trata de un delito menos frecuente en casos de engaño patente y secuestro de víctimas ingenuas que de coerción de personas que, al principio, acuerdan realizar voluntariamente algún tipo de servicio en particular o que migran por voluntad propia. La trata puede existir sin desplazamiento entre fronteras o dentro del país; sin embargo, muchos países y comentaristas aún suponen que exige cierto movimiento. Los hombres constituyen un número considerable de las víctimas de trata. Y los tratantes suelen recurrir a la violación como arma contra las mujeres para obligarlas a trabajar en el campo, fábricas, burdeles, residencias o en zonas de guerra.
Muy interesante lo que expone el informe y compartimos, que es necesario implantar en los lugares prácticas prometedoras, grupos de trabajo y planes nacionales de acción de los organismos coordinadores. Además, los gobiernos centrales deben apoyar y ampliar las innovaciones locales. La gran mayoría de los millones de personas sometidas a la esclavitud moderna no han recibido aún los beneficios de los avances. Todos los países deben hacer más por cumplir la promesa del Protocolo de Palermo.
De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el año pasado, el mundo importó y exportó miles de millones de dólares en productos contaminados por la mano de obra forzada que se emplea en la manufactura y en la obtención de materias primas. Consciente o inconscientemente, los gobiernos deportaron a las víctimas de trata sin proporcionarles refugio ni servicios de reinserción, lo cual afectó en forma negativa a las investigaciones y a la rehabilitación de las víctimas. Los gobiernos también siguieron luchando contra leyes migratorias mal formuladas que intensificaron la vulnerabilidad de las poblaciones migrantes a la trata de personas.
Cuando se estudia la evaluación de la trata de personas de cada país, es muy importante recordar que esas evaluaciones se basan en el cumplimiento de las normas mínimas establecidas en la Ley de Protección de las Víctimas de la Trata de Personas, lo que el gobierno de los EE. UU. , considera el compromiso fundamental, no el de nivel más alto.
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